sábado, 21 de julio de 2012

OBLIGACIONES Y TIPOS


Obligaciones condicionales
            La obligación es condicional cuando su existencia o su resolución depende de un acontecimiento futuro e incierto.
Obligación potestativa
            Son aquellas condiciones que dependen en parte de la voluntad de quien se obliga y en parte de un hecho externo a esa voluntad.
Obligaciones a término
Ocurre cuando está sujeta la obligación al acaecimiento de un hecho futuro y cierto, por ejemplo cuando acuerdo que mi deudor debe comenzar a cancelarme desde el primero de enero del próximo año. Es obviamente futuro pero además, es cierto puesto que se tiene absoluta certeza de que dicho hecho del cual pende el nacimiento de la obligación ocurrirá en un futuro.
Obligaciones  a termino sus diversas clases
ü   Según afecte el cumplimiento o la extinción de la obligación:
A)    términos suspensivos
B)     termino extintivo
ü   En cuanto a la certeza del termino:
A) termino cierto
B) termino incierto
ü   Por su origen:
A) convencional
B) legal o judicial
ü   Termino de derecho o de gracia
ü   Términos expresos y términos tácitos




Condicional mixta
El articulo 1199 del C.C la define como aquella que  “depende de u mismo tiempo de la voluntad de las partes contratantes y de la voluntad de un tercero, o del acaso”
Condiciones imposibles, ilícitas e inmorales
            La condición imposible o contraria a la ley o a las buenas costumbres, hace nula la obligación que depende de ella si es suspensiva; y se reputa no escrita si es resolutoria.
            En cuanto a las obligaciones ilícitas e inmorales el legislador considera que no puede darle ningún efecto, por que ello seria contrariar el orden publico.

Obligación condicional positiva y negativa
La condición es positiva cuando el nacimiento de un derecho o su extinción dependen de la realización del hecho o circunstancias que la constituyen. Las condición es negativa cuando el nacimiento de un derecho o su extinción dependen de la no realización del hecho o la circunstancias que la constituyen
Efecto de la obligación condicional tanto suspensiva como resolutoria
            La condición suspensiva y la condición resolutoria están íntimamente ligadas. En efecto la condición es equivalente a una condición resolutoria a la inversa y viceversa. Cuando el enajenante transfiere la propiedad de una cosa bajo la condición suspensiva, esta en la misma situación de quien adquiere bajo condición resolutoria.
            La condición resolutoria determina la extinción de la obligación una vez verificada; por lo tanto, antes de verificarse no afecta a la obligación que se reputa pura y simple  y produce sus efectos plenos hasta que la condición resolutoria se verifique
Supuesto responsable delas obligaciones condicionada
          La obligación condicional está sujeta a un suceso futuro e incierto, o a un suceso pasado que los interesados ignoren.
La condición indica el suceso incierto del que se hacen depender los efectos de la obligación o la limitación puesta por el sujeto en su declaración de voluntad.
Condición Suspensiva pendiente
Es el suceso o acontecimiento futuro e incierto del cual depende la existencia o el nacimiento de un derecho en el cual se ignora si ella va a acontecer y mientras no se cumpla la condición, el acreedor no tiene un derecho perfecto por ej. Usted pasaría de curso si obtiene la nota suficiente
Efectos de las obligaciones condicionales suspensivas una vez cumplida la condición.
Mientras las condiciones suspensivas no se realizan, la obligación a ellas sometidas no tiene eficacia, no existe en su plenitud. Aquel en cuyo provecho  se ha estipulado no es aun acreedor y la persona a cargo de la cual se ha estipulado aun no es deudor; pero potencialmente si lo son. Existe solo una obligación incierta, que solo en potencia puede comprometer al deudor y confiere apenas una esperanza o expectativa de derecho  al futuro acreedor, que produce ciertos efectos.
Como consecuencias de este efecto fundamental tenemos:
a)      El acreedor puede ejercer los actos conservatorios de su derecho.
b)     El acreedor no puede exigir del deudor el cumplimiento de la obligación, pues esta a un no ha nacido.
c)      El acreedor tiene en su patrimonio un derecho, que transmite a sus herederos y que puede ceder a terceros, aun en garantía.
d)     El deudor no esta obligado a su cumplimiento; si cumple, puede pedir la repetición.
e)      El enajenante sigue siendo propietario, la propiedad no se transmite por el simple consentimiento.
f)       La prescripción extintiva no corre contra el derecho de crédito.


Efecto  de la obligación condicional suspensiva en cuanto al deterioro o perecimiento  de la cosa y seguir el riesgo de la culpa
            Si la cosa se deteriora sin culpa del adquiriente, este queda obligado a restituirla en el estado en que se encuentre y así deberá recibirla el enajenante quien corre con los riesgos de la cosa, ahora si la cosa se deteriora por culpa del acreedor adquiriente el enajénate puede exigir la cosa en el estado en que se encuentre y el pago del los daño  y perjuicios.
Es importante destacar que si la cosa perece por culpa del adquiriente, el enajenante deberá restituir su valor, en estos casos opera el efecto retroactivo  de la condición, pero si la cosa perece íntegramente sin culpa del adquiriente, este no queda obligado a restituir su valor.
Retroactividad de la condición
Cuando la obligación se cumple sea suspensiva o resolutoria, sus efectos se retrotraen al día en que la obligación se contrajo, a menos que los efectos de la obligación deban ser referidos a u tiempo diferente, por voluntad de las partes o por la naturaleza del acto.
El efecto retroactivo se funda en una presunción  de la voluntad de las partes. Se supone que las partes así lo han querido a menos que expresen lo contrario o ello se desprenda de la naturaleza.
Excepción del principio de retroactividad de la condición
Respecto de los riesgos, el efecto retroactivo no alcanza a producir sus consecuencias cuando la cosa ha perecido, sin culpa del deudor, por una causa extraña no imputable. Si la cosa ha perecido antes del cumplimiento de la condición, la consecuencia natural del efecto retroactivo seria que en todo caso al adquiriente de la cosa se considerase como propietario y quedase obligado a pagar su precio, pues como el contrato es perfecto desde el momento de su iniciación, en este momento la cosa existía todavía. Sin embargo, ficción del efecto retroactivo de la condición no puede llegar hasta desconocer el hecho de que la cosa ya no existía para el momento en que se cumplió aquella y por ello la obligación se reputa no contraída, de modo que perecerá para su primitivo propietario.
Plazo Suspensivo o Inicial
Es el que suspende el ejercicio de un derecho, o bien, es aquel acontecimiento futuro y cierto a partir del cual el negocio jurídico empieza a producir sus efectos. ie: En un contrato de compraventa se establece que el precio se va a pagar en seis meses después de celebrado el contrato. Eso significa que sólo una vez transcurrido el plazo se puede exigir el pago del precio.
Plazo Extintivo o Final:
Es el que por su cumplimiento extingue un derecho, o sea, es el acontecimiento futuro y cierto hasta el cual duran los efectos del acto jurídico, ejemplo: Si doy en arriendo un fundo hasta el 31 de Diciembre de 1997, hasta esa fecha duran los efectos del arrendamiento.
Efectos del Plazo Suspensivo antes de su cumplimiento
En el plazo suspensivo el derecho existe desde un comienzo, o sea, desde la celebración del negocio jurídico a plazo. Ello es así porque el plazo suspensivo no suspende el nacimiento del derecho sino su ejercicio. El plazo posterga la exigibilidad del derecho. A este respecto difiere de la condición suspensiva, en la que el derecho nace sólo una vez que se verifica el hecho en que consiste la condición.
Efecto del término extintivo antes de su cumplimiento
Después  de su cumplimiento la obligación se extingue no pudiendo exigírsele al deudor el cumplimiento de prestaciones posteriores al vencimiento del término.
Cuando una obligación a plazo se conmute en una obligación pura y simple.
            Una vez cumplido el término, la obligación se convierte en pura y simple, siendo plenamente exigible, aplicándose los principios generales conocidos; es importante destacar que antes de su cumplimiento la obligación es pura y simple siendo exigible plenamente y produciendo sus efectos normales.
Diferencia entre el término y la condición
Entre el termino y la condición existe una diferencia fundamental: mientras la condición esta constituida por un acontecimiento futuro e incierto, el termino radica en un acontecimiento futuro pero cierto.
La doctrina señala otras diferencias según el respectivo carácter de las modalidades; así tenemos que distinguir entre el término y la condición suspensiva y entre el termino extintivo y la condición resolutoria
Obligaciones conjuntivas
Son aquellas que recaen sobre varios objetos y por lo tanto el deudor debe realizar acumulativamente varias prestaciones para liberarse.
Clasificación: Las obligaciones conjuntivas pueden ser de contenido homogéneo o de contenido heterogéneo. Las primeras son aquellas en las cuales todas las prestaciones por cumplir son de la misma naturaleza: lo serán la entrega de varias cosas o la prestación de varios hechos o a observancia de varias abstenciones. Serán heterogéneas cuando el contenido de las diversas prestaciones sea de distinta cualidad: el deudor se obliga a entregar una cosa y a prestar un hecho, o a observar una abstención y entregar una cosa...

Cumplimiento de la Obligación conjuntiva: El deudor no queda libertado de su obligación mientras no presta todas las conductas que son su objeto. Por lo tanto, si hubiere un cumplimiento de alguna de ellas, y no de las demás, la obligación, en sí no habrá sido observada y el acreedor tendrá derecho a las consecuencias que emergieran del incumplimiento de la obligación.

Mancomunadas (simplemente): Cuando cada acreedor puede reclamar su parte del crédito y por ende cada deudor deberá pagar solo su parte de la deuda.

Efectos de las obligaciones conjuntivas:

Pago: el pago realizado por cada deudor de su parte de la deuda lo libera.

Mora: cumplimiento tardío de una obligación o incumplimiento. Por Ej.: si no paga el alquiler por dos meses esta en mora del cumplimiento, si termina el contrato y no pagó entró en incumplimiento. Genera intereses y punitorios, daños y perjuicios, lucro cesante, daño emergente, etc.

Insolvencia: va a estar soportada por el acreedor.

Prescripción: implica el transcurso del tiempo e inacción del titular del derecho. Es común para todos. La interrupción o suspensión de la misma es personal, beneficiando o perjudicando al que la intente.
Obligaciones  alternativas
En las obligaciones alternativas existen varios objetos sobre los cuales el deudor se obliga a cumplir una determinada prestación con la particularidad de que el deudor se libera ejecutando solo una de ellas.
Efectos de las obligaciones alternativas

El acreedor no podrá demandar una cosa específica, sino en el orden en que se deban
Si la elección es del deudor, este podrá destruir y enajenar las cosas debidas alternativamente, dejando una de ellas para el cumplimiento de la obligación, si es del acreedor no podrá enejarnar o destruir ninguna de ellas
Si se destruye una de las cosas debidas alternativamente, la obligación subsiste en las restantes, si subsiste solo una se deberá ella.
Si perecen todas las cosas sin culpa del deudor, se extingue la obligación. 



Obligaciones facultativas
Son aquellas que en realidad tienen un solo objeto, pero se le otorga al deudor la facultad de cumplir su obligación, ejecutando una prestación distinta sustitutiva de aquella con cuya ejecución queda liberado.
Ejemplo:
Edward se obliga a dar un caballo a Matías, reservándose la facultad de pagar construyendo una casa.

A quien corresponde la elección de la cosa en las obligaciones alternativas:

Según el articulo 1216 del código civil “ el deudor de una obligación alternativa se libera con la entrega de una cosa de las cosas separadamente comprendidas en la obligación; pero no puede obligar al acreedor a recibir parte de la una y parte de la otra” y es el deudor quien escoje.

Efectos de la obligación facultativa

Art.1168º “La obligación facultativa se determina únicamente por la prestación principal que forma el objeto de ella ”
Es el deudor quien goza de la prerrogativa de elegir una entre dos prestaciones.
Art. 1169º “Nulidad o imposibilidad de la prestación principal”
La prestación principal se extingue cuando fuera nula o imposible, aun cuando la accesoria fuera valida o de posible cumplimiento.
Art. 1170º “Nulidad o imposibilidad de la prestación principal”
Si la prestación accesoria fuera nula o imposible de cumplir, la obligación de la prestación principal subsiste.
Art. 1171º “supuesto de duda acerca de si la obligación. Es alternativa o facultativa”
Este articulo dispone que en caso de duda acerca de si la obligación. Es alternativa o facultativa, esta se tendrá por facultativa. 

CORRUPCIÓN


Definiendo Corrupción
Corromper significa dañar, alterar, echar a perder, viciar, pervertir. Cambiar el propósito originario de una cosa, que deviene en algo negativamente considerado por la moral social. Siguiendo ese sentido la definición actual, generalizada entre los expertos en la materia, la corrupción es el uso de la posición y el poder públicos para fines ilegítimos, inmorales, ilegales o diferentes a lo formalmente establecido.
Creemos que para una más exacta definición, se debe tener en cuenta, un sentido laxo de lo que corresponde a lo público. (Estévez, 2005) (Pope, 2000) Pues lo público no necesariamente es un ministerio de gobierno de una nación que debe decidir el destino de los fondos encomendados por su pueblo. Público también es la dirección de un gremio o un sindicato, o el accionar de una empresa de servicios públicos, aunque sea una empresa privada.
Es decir, todas aquellas funciones y estructuras que tienen que ver con lo público y la política. Esto es, el bien común, la cosa pública, si no de "todos", por lo menos de "los muchos".
No hay que olvidar tampoco que la mayoría de las veces en un hecho de corrupción están involucradas personas que no pertenecen al mundo de lo público, sino al mundo privado. Como es la tipología clásica del "cohecho". En cuyo caso esos privados serían corruptores y por lo tanto también susceptibles de derecho penal.
Muchas veces hemos escuchado decir en Argentina que el problema de nuestro país es la corrupción y que ésta ha invadido al Estado. De esta forma, sostienen, se ha conformado un Estado perverso, manejado por una clase política también perversa cuyo objetivo es llenarse los bolsillos y estafar a lasociedad. Sostenemos aquí en cambio, que estas proposiciones nos dejan una imagen distorsionada de la realidad. Una imagen en la que nuestra sociedad, ingenua y pasiva, se encuentra condenada al fracaso debido al mal manejo que de ella hacen un grupo ("los políticos") y a una institución ("el Estado").
Como parásitos que viven y manipulan a nuestra sociedad, esta "clase" política no ha sabido llevar a la sociedad al puerto que merece.
De esta manera, con una visión muy conveniente a una sociedad que se victimiza a sí misma, que quiere transferir su culpa, se soluciona el difícil problema que significa comprender la complejidad de la situación argentina en todas sus dimensiones.
Permitiéndonos, por otro lado, volver a la cómoda y calmada resignación de nuestros asuntos privados.
Sostenemos aquí que la causa de la corrupción que reina en nuestro sistema no debe buscarse solo en el Estado, sino en la sociedad.
A pesar de las visiones más hegelianas (Hegel, 1975), el Estado no nace de la nada, de una idea o en forma descendente, sino que se desprende necesariamente de una sociedad. El Estado es una continuación y un componente de todo el sistema social. Y si el Estado baila al ritmo que la sociedad le marca, lo que se impute a éste, tendrá que hacerse cargo aquélla.
Palabras Clave: corrupcion – anti corrupcion – etica publica -gobernabilidad democratica - soborno – enriquecimiento ilicito – transparencia – administración publica – burocracia – politicos – politica - estado .
Causas
La corrupción en la Sociedad
En las Ciencias Sociales se he tratado el tema de la corrupción como problema estructural en alusión al concepto de "anomia" o falta de normas. Para Merton (2002), la cultura sería "el cuerpo organizado de valores normativos que gobierna la conducta que es común a individuos de determinada sociedad o grupo." Es decir que esto comprende valores y reglas de conducta. Asimismo, la estructura social sería el "cuerpo organizado de relaciones sociales que mantienen entre sí diversamente los individuos de una sociedad o grupo".
De esta manera, la anomia o falta de normas sería la disyunción aguda entre las normas y objetivos culturales por un lado, y las capacidades socialmente estructuradas para los individuos del grupo de obrar de acuerdo con aquellas pautas culturales por el otro.
Es decir que la anomia sería cuando la cultura exige ciertos logros y cierto tipo de conducta que la estructura social impide o dificulta en forma grave llevar a cabo. Un ejemplo de ello para Merton sería el caso norteamericano, donde existe una cultura que da mucha importancia al éxito material, mientras que la posición en la estructura social de muchas personas les impide alcanzar ese éxito efectivamente.
La clase baja, sostiene Merton, puede lograr a lo sumo un título secundario. (Pensemos en las condiciones de esta clase social conformada también, pero no sólo, por personas de complexión negra allá por los años de 1960, y también especialmente al sur del país.)
Esto es igualmente manifiesto en nuestras sociedades latinoamericanas, donde existe también mucho énfasis cultural en lograr cierto nivel de ingresosy consumo, mientras que la movilidad social ascendente intrageneracional (en oposición a la intergeneracional) es escasa o casi inexistente.
Como resultado de esto aparece la anomia y la tendencia a la conducta desviada. El proceso hacia la conducta desviada del individuo se produce porque éste, al manifestársele la meta cultural inasequible por los medios culturalmente legitimados para hacerlo, tiende a buscar una alternativa ilegítima. Esto es, si no puede lograr su nivel de bienestar o no puede satisfacer sus necesidades básicas por los medios socialmente aceptados, lo hará por otros medios.
Este fenómeno no está restringido a cierto sector de la estructura social, sino que se aplica a todos los niveles debido a que el grado en que la meta social ha sido satisfecha es jurisdicción propia de cada individuo y su percepción subjetiva. De esta manera, podemos entender cual es la fuente principal de conducta desviada en una sociedad.
Este trabajo intenta esbozar un marco teórico para el Índice de Percepción de la Corrupción. Sin embargo, creemos de suma importancia recordar los cuidados que en cuanto a la elaboración teórica tiene el uso de este tipo de índices por parte de investigadores y formadores de opinión.
Es comprensiblemente escaso el cúmulo de datos cuantitativos y estadísticos confiables en cuanto a la problemática de la Corrupción. Es comprensible, primero, porque no se salva de la escasez de datos típica de las Ciencias Sociales y la debilidad y complejidad intrínseca en la construcción de sus índices e indicadores, que por su objeto de estudio hace muy difícil establecer relaciones creíbles entre las variables. Es tentador caer en la elaboración de relaciones espúreas o de poca utilidad en el intento de decir definitivamente algo acerca de la realidad y aportar al avance de la ciencia.
En ese sentido ya podemos dejar de intentar probar, por ejemplo, que las mujeres son más reacias a aceptar sobornos que los hombres; que el fraccionamiento etnolinguístico favorece la corrupción; que las religiones Católica, Ortodoxa y Musulmana (no casualmente queda fuera la protestante) inciden indirectamente aumentando la corrupción; éstas relaciones no son sólo imposibles de sugerir y universalizar sino que son también eventualmente irresponsables.
Así, la mayoría de estas relaciones caerán si se controla, por ejemplo, por las variables socioeconómicas. Como sostiene Estévez (2005): "El impacto de la corrupción sobre el producto bruto interno de un país es uno de los temas más investigados a lo largo de toda la literatura sobre corrupción. Constituye uno de los pocos resultados cuantificados no ambiguos de los estudios sobre corrupción.
El nivel del PBI per cápita es, sin duda, el indicador que posee mayor poder explicativo entre los distintos índices que se suelen utilizar para caracterizar este fenómeno."
Lo anterior no significa que las conclusiones a las que se intenta frecuentemente arribar no sean efectivamente correctas, sino que no es esa la manera de darles pretensión científica. Pues la experiencia real de los legos en la materia efectivamente demuestran que para bajar la corrupción inciden positivamente una mayor participación ciudadana, una prensa libre, criterios independientes de elección de los jueces, libertad de información, etc. Todos campos en los que los países del primer mundo, democrático, participativo, libre, rico y muchas veces protestante, lleva naturalmente la delantera.
Lo mismo vale, claro está, para el uso que de este índice hacen los formadores de opinión en su intento de tomar y formar partido.
Pobreza
La pobreza es tanto causa como efecto de la corrupción. Es causa porque en un ambiente de pobreza, las necesidades son muchas y las tentaciones para corromperse por ende más fuertes. Además, las características que acompañan la pobreza (bajo nivel educativo por ejemplo) hacen que sea más difícil realizar un efectivo control hacia los centros de poder.
Por otro lado, no son los sectores de bajos recursos los principales usuarios del sistema de instituciones y prácticas corruptas, sino los que tienen efectivamente dinero para sobornar, y una empresa que fortalecer, crear o proteger. En este sentido, los pobres parecen ser víctimas antes que principales beneficiarios del sistema.
En cuanto a la relación pobreza – corrupción, con altos salarios de funcionarios públicos y una población de buen poder adquisitivo, instruida y participativa, con instituciones fuertes, (características todas que suelen aparecer juntas) es lógico que se encuentren menores grados de corrupción.
Sin embargo, se debe tener cuidado al suponer una relación causal determinante absoluta y única, ya que existen casos de países más pobres y con menos corrupción que otros.
Según Estévez (2005), "Desde la óptica social la corrupción se ha instalado como factor determinante de los escenarios de extrema pobreza que padecen grandes proporciones del planeta."
Aunque la pobreza parece ser una causa en extremo importante, no puede decirse, sin embargo, que sea la única, y por ende no se puede reducir todo a ella. Además, significaría igualar pobreza con deshonestidad (Pope, 2000). Lo cual como ya vimos depende mucho más del proceso de anomia definido anteriormente.
La corrupción en el Régimen
Veamos ahora qué pasa con la corrupción en nuestras democracias latinoamericanas. Un factor crucial para entender nuestros regímenes de gobierno es que éstos no son una construcción sui generis sino un transplante, en donde el órgano ha generado particulares formas de adaptación al cuerpo social.
Esta forma de gobierno, que podemos llamar democracia moderna o poliarquía y ha tenido su orígen en el cuadrante noroccidental del planeta, ha cobrado en nuestros países una forma muy distinta que creemos merecedora de un análisis específico (que ya ha comenzado) por parte de la CienciaPolítica.
La única institución comparable con las democracias del primer mundo son las elecciones. El resto de las instituciones democráticas como los tribunales, la separación de poderes, los pesos y contrapesos, el electorado ilustrado, la libertad de expresión e información, la existencia de información alternativa, el sometimiento pleno del poder militar sobre el civil, la igualdad real de oportunidades, la igualdad ante la ley, etc. están ausentes o sumamente deterioradas.
Existen dos tipos de instituciones, las formales y las informales. En nuestras democracias la brecha entre estas instituciones formales que guían la conducta y la conducta real de los individuos es demasiado grande. Estas prácticas informales, separadas de lo que en realidad debería ser, van progresivamente dejando de ser prácticas aisladas, desviaciones ínfimas a la regla, para transformarse poco a poco en instituciones informales de uso cada vez más generalizado.
Así, de pronto, nos encontramos con un complejo institucional informal que es el que efectivamente nos gobierna. Se trata de viejos códigos, usos y prácticas grabadas en nosotros como el tiempo graba la piedra. A simple vista cualquiera podría argüir el factor de imprevisibilidad que trae estas prácticas corruptas, en nuestras relaciones sociales y comerciales.
Pero una vez que las prácticas se han institucionalizado nos permiten predecir el comportamiento del otro, y de hecho efectivamente lo hacemos. Así, donde el extranjero ve caos, el nativo contempla un orden, auque informal, que existe y funciona por lo bajo, que todos entendemos y consecuentemente todos podemos preveer.
Estamos hablando específicamente de las transacciones particularistas a nivel jerárquico, del clientelismo político, el patronazgo, el nepotismo (preferencia de parientes para cargos públicos), favores personales en abuso de la autoridad que da el cargo y otros actos flagrantemente ilegales.
Todas estas prácticas las podemos considerar, como lo hace O´Donell (1996), dentro del concepto abstracto de particularismo, pues se oponen a laacción universalista y la racionalidad colectiva. Este particularismo, dentro del cual ubicamos la corrupción, es antagónico con una de las principales instituciones no sólo de la democracia, sino del republicanismo: la separación entre las esferas pública y privada.
Se confunden el interés particular con el interés general, las finanzas públicas con las finanzas privadas del funcionario. Lo público es también mío cuando me conviene, pero no es de nadie cuando es necesario que salga en su defensa como ciudadano. En ese sentido, se puede decir que los latinoamericanos estamos desde siempre muy acostumbrados a tener limpia la casa y sucia la vereda. En latinoamérica, en este capitalismo del tipo dependiente, el particularismo y la brecha entre el país real y el país legal están anclados en nuestra historia desde el comienzo, y constituye un factor integrante de su orden socioeconómico.
Nos gustaría remarcar que en estas sociedades, el reinado del particularismo hace más fácil al poderoso en general y al adinerado en particular influenciar y sesgar en su beneficio el proceso de toma de decisiones de la sociedad. En ese sentido, el reinado del particularismo se constituye en algunos casos como elemento integrante y fundamental de un régimen político para su correcto (aunque quizás denostable) funcionamiento.
La corrupción en el Estado y la Burocracia
Mucho se ha escrito sobre las fallas en el funcionamiento burocrático y el particularismo en el Estado. No enumeraremos aquí las distintas solucionesque se han planteado teóricamente para este problema práctico.
En cambio, plantearemos las limitaciones de un enfoque que tiene su correlato en los análisis ligeros del sentido común. Este enfoque, entiende los particularismos como patologías de un cuerpo enfermo, arcaico, que se resuelven mejorando las pautas de organización y sobre todo "modernizando" la estructura burocrática.
Además, ve a la burocracia como un sistema que produce bienes públicos al igual que una empresa produce bienes privados. Consecuentemente se ocupan en imaginar las condiciones bajo las cuales podría maximizarse su producto. Basan sus conclusiones en la distinción, perfectamente descripta por Oszlak (1981), entre racionalidad política y racionalidad técnica.
Mientras la racionalidad política sería apasionada, interesada, conflictiva e inconstante, la racionalidad técnica sería racional, aplomada, impersonal y estaría desinteresadamente entregada a un único objetivo fuera de todo conflicto. Así, solo se trataría de ver cuál es la falla técnica que merma laeficiencia en la producción, o cuál la interferencia "irracional" que provoca disfunciones en el sistema y aplicar el remedio.
Estas visiones parecen no comprender acabadamente el funcionamiento de la Burocracia y, sobre todo, lo que es el Estado.
Sostenemos aquí, con Oszlak, que los particularismos están alimentados por la contradicción de los roles del Estado.
El Estado no es defensor del interés general, tampoco el instrumento de la clase dominante, ni el tercero que se para entre el capital y el trabajo como el reconciliador de las clases antagónicas, ni la expresión del Universal que se concretiza como materialización del Espíritu de la Historia. En cambio, creemos que el Estado es todas esas cosas a la vez.
El Estado posee una autonomía relativa. En efecto, esta institución cumple muchos roles, y se alterna en el cumplimiento de cada uno de esos roles predominantes a lo largo de la historia. Cada una de las anteriores interpretaciones del Estado eran estáticas, como imágenes fotográficas de algo que en realidad se encuentra todo el tiempo en movimiento. Lo cual hace imposible tener una visión acabada de su actividad en tan solo un momento.
El Estado y su Burocracia poseen y actúan según un rol formal, esto es, servir el interés general de la sociedad como realización de la idea de lo público. Este rol asume el Estado cuando se encarga de la producción de bienes, regulaciones o servicios que benefician a la sociedad toda, inclusive a largo plazo, o cuando se encarga de mejorar la posición relativa de los sectores desposeídos.
A su vez, el Estado actúa según un rol de garante del sistema capitalista en su conjunto, en tanto y en cuanto beneficia concreta y directamente (sobran estudios sobre la presencia empresarial en la burocracia y el Estado) los intereses de la clase dominante. Son las actividades de sus instituciones, de su aparato regulador, productivo y represivo que tienden a asegurar esa dominación y a solucionar los problemas coyunturales a los que el sistema se enfrenta. Ejemplos de esta actividad van desde la construcción de infraestructura portuaria para que los empresarios puedan vender sus productos, pasando por la asistencia financiera, y terminando por la actividad represiva de las agencias de seguridad para el disciplinamiento de la mano de obra.
Por último, existe un rol sectorial de la burocracia (desplazamiento de objetivos) que tiene que ver con la medida en que ésta se convierte en un grupo de presión, busca ser legítimo traductor e intérprete del interés general de la sociedad a la vez que persigue y defiende sus propios intereses. Ejemplos de estos intereses son: garantizar la expansión continua y la mayor autonomía operativa, la apropiación legítima de recursos adicionales, la obtención de mejores condiciones laborales, inmunidades, privilegios, etc.
El gran problema para entender al Estado es justamente que estos roles funcionan de manera superpuesta y en contradicción continua.
El Estado es un complejo institucional que no se sitúa por encima de los conflictos sociales sino que es cruzado por éstos y por la política.
Haciendo a un lado ahora al funcionariado político, muchos estudios han tratado sobre el lobby, los grupos de presión y los "anillos burocráticos". Se nos advierte allí sobre las conexiones personales entre funcionarios de una agencia y el empresariado susceptible de regulación.
Estos empresarios y lobbystas, controlando la agencia, logran una llegada rápida y directa a la autoridad, mientras se aseguran que la materia de regulación no quede a merced del control político de la legislatura y los vaivenes electorales y, en cambio, quede recluida al supuesto "conocimientoexperto".
Es decir, es más fácil para los intereses mejor organizados y más poderosos controlar las políticas y extender los particularismos a nivel de las agencias, en la fase de implementación, que ha nivel de la formulación en las legislaturas y/o ejecutivos.
De manera que es claro que no se resolverán los problemas de particularismo en la conducta del político y el burócrata con misiones de asistencia técnica de consultorías nacionales y extrajeras que vengan aséptica y científicamente a aplicar criterios modernos de organización. Esta forma simplista de entender al Estado comete, a nuestro criterio, el viejo error de tomar la causa por el efecto y el efecto por la causa a la vez que pretende solucionar un problema complejo y profundo, como todo lo que concierne a los hombres, aplicando, sin más, fórmulas teóricas concebidas a priori.
La división de la racionalidad política y técnica sirve, también, a los propósitos tanto de los políticos como de los técnicos. Porque esta dicotomía constituye un cómodo mecanismo de creación de "chivos expiatorios". Si una política falla, es inapropiada o se sabotea, es muy fácil echarle la culpa a la burocrácia, ese aparato indefinido e impersonal donde todo el mundo sabe reina la "rutina, la ineficiencia y la corrupción". En última instancia, nunca se sabrá en qué lugar del desgastante proceso de implementación dejaron de cumplirse los objetivos previstos y debe correr con la responsabilidad.
En lo que hace a las especificidades del Estado y su Burocracia en Argentina debemos tener en cuenta que su formación fue determinada por la necesidad deliberada de construir una Nación y de adaptarlo a sucesivos y distintos modelos económicos de inserción al mercado internacional.
Estos distintos patrones de desarrollo que se intentaron en el país fueron dejando su marca en el Estado. No es nuestra intención aquí hacer un análisis de cada uno de ellos y su impacto, pero proponemos al lector imaginar la administración colonial, donde los particularismos estaban a la orden del día, pasando por el modelo liberal agro exportador a partir de la independencia y más tarde un modelo mercadointernista con un fuerte componente industrial. Estos modelos, enmarcados en un capitalismo dependiente y periférico conservaron contradicciones que hicieron necesaria una activa intervención estatal. Y estas intervenciones iban dejando su marca en los usos, costumbres y formas del Estado. Como consecuencia de estas contradicciones, el Estado se vio, por ejemplo, en la necesidad de convertirse en empleador forzado de la mano de obra que el mercado no podía absorber, en la utilización del empleo público como medio de patronazgo político y retribución de lealtades partidarias.
Por otro lado, la caída sucesiva de todos los modelos económicos, ha producido la imposibilidad crónica de que en la Argentina una clase -o fracciones de clase dominante- promotoras de un modelo, se transformen en clase hegemónica y dirigente de la sociedad conformando un consenso básico.
Esto ha hecho que lleguen al Estado distintos –y muy diversos- proyectos, programas y objetivos políticos, cada uno con su forma de gobernar y entender la política. Así, cada una de estas coaliciones gobernantes ha intentado manipular, destruir y reconstruir al Estado y su burocracia a su antojo. De esta manera, y debido a la inconstancia que produce la carencia de un núcleo duro de políticas de Estado en rededor de un modelo económico, nuestro Estado se ha formado históricamente como incorporación sucesiva y contradictoria de distintas etapas geológicas superpuestas unas a otras. Todo lo cual nos da una imagen de un Estado desintegrado estructural y funcionalmente, desordenado, informe y en muchos casos obsoleto.
La corrupción generalizada ha servido a los modelos económicos y a sus contrapartes políticas en la confección y efectivo funcionamiento de algunos regímenes políticos. De manera que al analizar en profundidad el tema de la corrupción y esbozar soluciones al flagelo, resulta imprescindible tener estos factores en cuenta y en especial la conformación económico-política del sector dirigente de la sociedad, si ésta conformación es sólida y si ha logrado efectivamente consensuar o en su defecto imponer su modelo al conjunto social.
Pues resulta difícil imaginar un respeto generalizado a normas que cambian todo el tiempo, frecuentemente en franca contradicción, y que emanan de gobiernos muy a menudo percibidos como ilegítimos, parciales y en general no representativos.
Más acá del funcionamiento del fenómeno típico de generación de anomia, bajando el nivel de abstracción, y en cuanto al régimen político, encontramos identificaciones adecuadas de causas múltiples. Las más importantes son:
-Instituciones Fallidas
-Pesos y Contrapesos Inadecuados
-Sociedad Civil poco Desarrollada
-Sistema Judicial Débil o Corrupto
-Remuneración Inadecuada de Funcionarios. (UNODC, 2005) (UN, 2005 art. 7 inc. C)
Estas causas, luego de la anomia, son las más importantes a la hora de encontrar soluciones al problema de los particularismos.
Gobernabilidad y Corrupción
De dos maneras se relacionan directamente la gobernabilidad y la corrupción. Una tiene que ver con el uso, por parte de los gobernantes, de la corrupción para lograr un grado aceptable de gobernabilidad. En este tipo se encuentran los casos por ejemplo de Argentina y Brasil, en los que en recientes y resonantes casos de corrupción funcionarios se han visto implicados en el soborno a parlamentarios para lograr adhesión a iniciativas del ejecutivo, realizándose pagos en efectivo.
La corrupción se utiliza en esos casos para lograr gobernabilidad cuando hay gobiernos débiles, sin apoyo parlamentario, con parlamentos ocupados con partidos sin disciplina partidaria o cuando se trata de leyes de dudosa legitimidad en la opinión pública.
La otra relación entre gobernabilidad y corrupción es cuando la percepción pública de un alto grado de corrupción en los poderes del estado terminan socavando la legitimidad de esos poderes y el reino del estado de derecho (UNODC, 2005), (United Nations, 2005) (Estévez, 2005).
De ésta manera se acentúa el ciclo vicioso del proceso de deterioro de la gobernabilidad democrática que implica: Pérdida de Legitimidad-Pérdida de Efectividad-Pérdida de Eficiencia-Inestabilidad (de Gobierno y posteriormente de Régimen) y su correlato en los grupos de articulación y combinación de demandas (Crisis de Representación).

Consecuencias
El mayor impacto de la corrupción es sobre los pobres, aquellos menos capaces de absorber los costos. (UNODC, 2005) La corrupción afecta la calidady el costo de los servicios básicos como la emisión de documentación oficial, educación, salud y transporte para la población que justamente más depende de su carácter público. No solamente erosiona la ayuda al desarrollo de las instituciones internacionales y de los propios estados nacionales, sino que además tiene consecuencias más profundas que tienen que ver con la reducción de la inversión en la economía del país y el impacto negativo que posee en su crecimiento. (Mauro, 1997) (Word Bank, 2005) Es difícil pensar en que alguien quiera invertir en un escenario de imprevisibilidad, información imperfecta, competencia desleal y un nivel de tributación adicional.
Como efectos de largo plazo encontramos aumento en la desigualdad social y ausencia de respeto por los Derechos Humanos (UNODC, 2005). Ya que la corrupción beneficia principalmente a aquellos que pueden costearla, enriqueciéndolos, y dejando de lado a los que no pueden hacerlo. Además, socava el respeto por los Derechos Humanos al disminuir el respeto a las normas en general por parte de los funcionarios públicos, incitando al abuso de autoridad, y al generar un círculo de complicidades que impiden el accionar conforme a la ley de uno o varios de ellos, e inclusive su denuncia pública.
Transparency Internacional sostiene que la Corrupción:
"Fomenta la competencia en cuanto al soborno, en vez de la competencia en la calidad y el precio de bienes y servicios. Inhibe el desarrollo de un mercado saludable. Sobre todo, distorsiona el desarrollo económico y social, lo cual es especialmente dañino en los países en desarrollo. Con demasiada frecuencia, la presencia de la corrupción significa que los más pobres del mundo, quienes menos pueden soportar los costos, deben pagar no sólo por la corrupción de sus propios funcionarios, sino también por aquella de las empresas de los países desarrollados. Es más, las pruebasdisponibles demuestran que si no se limita la corrupción, crecerá, y exponencialmente. Una vez que se institucionaliza un patrón de sobornos exitosos, los funcionarios corruptos tienen un incentivo para exigir sobornos más grandes, creando una .cultura de ilegalidad que a su vez fomenta la ineficiencia del mercado. Una vez perdida la autoridad moral de los gerentes mediante la corrupción de alto nivel, se desvanece su capacidad para controlar a sus subordinados. En un plano conceptual, hay muchos costos ligados a la corrupción. Sin embargo, no es sorprendente que haya pocas pruebas concretas sobre la incidencia y la magnitud de la corrupción. Encuestas entre empresarios indican que el problema varía considerablemente de un país a otro, y que aun dentro de los países, algunas oficinas públicas (aduanales y fiscales, por ejemplo) son más susceptibles a la corrupción que otras. Las encuestas también indican que en los casos en que la corrupción es endémica, impone un costo desproporcionado sobre las pequeñas empresas. Lo más importante es que los sobornos mismos no representan el costo más oneroso; las consecuencias de la corrupción -las distorsiones económicas subyacentes y el socavamiento de las instituciones administrativas y gubernamentales- son las más costosas." (Pope, 2000 pp 31-32)
De esta manera vemos que las consecuencias de la corrupción son profundas y afectan al conjunto social, su economía y su sistema de político, de manera que se hace imperativo lograr una solución de carácter amplio y de manera sistemática para contener todo su impacto.